El Comité de Auditoría: ¿Moda o necesidad?
El Comité de Auditoría, como órgano intermedio e independiente que es, debe fungir como un equipo de apoyo a la Junta Directiva o máxima instancia jerárquica de la organización; sus atribuciones y funciones han de variar en atención a las necesidades y complejidades de la propia empresa o institución. Dentro del abanico de actividades señaladas para este componente profesional, se encuentra su obligación de procurar, permitir y mantener un canal de comunicación oportuno y transparente entre la Presidencia de la compañía, los Auditores Internos, los Auditores Externos, los Directivos y los entes reguladores del Estado; estando a la vez, facultado para evaluar y opinar sobre las más diversas funciones operativas del negocio.
Uno de los errores clásicos en este aspecto, suele surgir de la propia naturaleza y atribuciones delegadas a este tipo de comités; donde generalmente se pretende “copiar” de manera estricta el modelo propuesto por transnacionales o grandes empresas locales sin tomar previamente en consideración las características del entorno, las actividades medulares, las limitaciones operativas ni las expectativas financieras que rigen sobre la entidad que asume la creación de su propio Comité de Auditoría. Otro aspecto de relativa importancia a considerar, se asocia con las limitaciones impuestas por la Presidencia o máxima instancia de la organización, bajo la falsa creencia que se encuentra vinculada a la pérdida de cuotas de poder en las decisiones claves de la empresa, al otorgarle mayores atribuciones a una instancia de evaluación y control.
Existen complementariamente, una serie de funciones básicas que han de potenciar los beneficios de la gestión emprendida dentro de esta iniciativa:
1.- Procurar el cabal cumplimiento de las regulaciones aplicables.
2.- Promover un adecuado ambiente de control interno.
3.- Evaluar la formulación y cumplimiento de un plan estratégico acorde a la realidad de la organización y su entorno inmediato.
4.- Fomentan la suficiencia y calidad en las políticas y procedimientos.
5.- Procurar el criterio de independencia para Auditores y Comisarios.
6.- Realizar gestiones de vigilancia sobre la práctica contable y el sistema de control interno que fundamenta la generación de información financiera.
7.- Emitir los planes de acción en respuesta a los informes y recomendaciones de Auditoría Interna y Externa.
8.- Promover las mejores prácticas de negocio que permitan administrar eficientemente los riesgos en armonía con los planes comerciales de la organización.
9.- Asegurar que las funciones de auditoría, control y prevención sean amplias, suficientes y adecuadas a las necesidades de la compañía.
10.- Promover la conducta y los valores que han de prevalecer en todos los niveles y actividades de la organización.
11.- Establecer los lineamientos a seguir en atención a situaciones que involucren potenciales actos ilegales o fraudulentos.
Ahora bien, es necesario comprender de manera prioritaria que todo Comité de Auditoría debe surgir como respuesta a una serie de elementos condicionantes que hacen necesario garantizar la continuidad operativa del negocio a través de actividades viables y sustentables; reconociendo adicionalmente la interacción sistémica existente entre accionistas, trabajadores, entes reguladores del Estado y la propia colectividad; por ello, la adopción de este tipo de mecanismos tendrá un impacto mucho más beneficioso en organizaciones con las siguientes características:
1.- Con altos niveles de complejidad operativa o financiera.
2.- Altamente expuestas a riesgos.
3.- Con múltiples grupos interesados en sus resultados financieros, o
4.- Por requerimiento del marco legislativo que rige sobre sus actividades operativas o financieras.
Entre los obstáculos claramente determinantes que pudieran atentar contra cualquier iniciativa de esta magnitud se encuentran:
1.- Comités formados por el propio staff de Auditores Internos sin contar con la participación y compromiso de quienes desempeñan funciones directivas dentro de la organización.
2.- Contar con Directivos sin independencia en sus criterios como miembros del Comité de Auditoría.
3.- Funciones y alcances no determinados o no son del todo explícitos.
4.- Bajo nivel de entendimiento del negocio por parte de los Directores designados.
5 y cualquier otra condición, sea esta estructural o coyuntural que amenace potencialmente las acciones emprendidas por el Comité de Auditoría.
Beneficios:
• Permite identificar y administrar eficientemente la exposición al riesgo.
• Incrementa la capacidad de la empresa para generar valor agregado en el largo plazo.
• Fortalece la calidad y oportunidad comunicacional entre los Auditores Internos y el personal directivo.
• Aporta una visión integrada y sistémica del negocio.
• Propicia la participación directiva y gerencial hacia la solución de problemas concretos.
• Encamina la evolución hacia organizaciones viables y sustentables.
Nuestras organizaciones, encaran hoy en día retos muchos más complejos y con una frecuencia mucho mayor a la que pudieran haber experimentado en el pasado. La realidad global de los negocios, la intervención cada vez más activa de los gobiernos dentro de la economía, la creciente expectativa de clientes y usuarios, la relevancia del impacto social y ambiental de nuestras actividades, aunados a una competencia más fuerte, nos obligan a visualizar riesgos y oportunidades bajo una perspectiva más integral y participativa. El desafío apenas comienza.